Un punto de partido perdido es, en realidad, un punto de partida.

La actividad empresarial siempre conlleva errores. Por eso es necesario hacer pruebas para encontrar la mejor manera de innovar y evolucionar.

Para tener éxito en un proyecto de emprendimiento el objetivo es reducir el número de errores. Sobre todo, aprender de los que se cometan.

El fracaso debe ser siempre una posibilidad de enmendar errores para cualquier emprendedor. Lo importante cuando las cosas no van bien es aprender la lección: Causa- efecto.

Las causas son múltiples: un proyecto empresarial fallido, coyuntura o, simplemente, no funcionó… llamémosle un cúmulo de dificultades.

Es una realidad. Ocurre. Hemos fallado. No podemos hacer frente a todo lo que ello conlleva: dinero, trabajo, personas, cosas….

Existen opciones

Son leyes diseñadas, redactadas y publicadas a tal efecto y nos hablan de reducción de carga financiera y mecanismos de segunda oportunidad… Es la Ley de Segunda Oportunidad.

¿Qué es?

La Ley de Segunda Oportunidad representa una opción legal para aquellas personas físicas o jurídicas (especialmente pymes) que precisan de una alternativa de financiación  para poder hacer frente a las deudas acumuladas

Es una ley, y está especialmente diseñada para particulares y autónomos que, hasta ahora, debían afrontar sus deudas con todo su patrimonio, sin encontrar vía alguna para lograr la exoneración de sus deudas pendientes de pago.

La Ley de segunda oportunidad, en este caso,  supone una gran novedad en cuanto a la obligación por parte de autónomos, particulares y empresarios a la hora de afrontar sus deudas con su propio patrimonio.

El texto legal establece las condiciones que deben darse para poder iniciar el proceso. Básicamente se trata de dos requisitos:

  1. Acreditar que no se tiene patrimonio para hacer frente a las deudas o que éste ya se ha liquidado. Además, las deudas obligaciones totales no podrán superar en ningún caso los 5 millones de euros.
  2. La buena fe del deudor.

Es precisamente este segundo punto el que más dudas puede generar.

Segunda oportunidad o match point

Buena fe

Para que un deudor sea considerado deudor de buena fe vuelve a tener que cumplir con ciertos requisitos.

  • Haber tratado de alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores antes de iniciar el concurso.
  • En el caso de los autónomos, no haber sido declarado culpable en el concurso de acreedores. En otras palabras, que se estime que la situación no ha sido provocada a posta por el emprendedor. Para ello deberá haber solicitado el concurso en los dos meses posteriores a detectar la insolvencia. En el caso de los particulares este punto es muy difícil de demostrar y aplicar.
  • También en el caso de los autónomos y emprendedores, no se podrá haber acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en los 10 años anteriores.
  • Que no haya sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.
  • Que no haya rechazado una oferta de empleo “adecuada a su capacidad. El problema es que la ley no aclara qué condiciones debe cumplir una oferta de estas características ni mucho menos la retribución.

Cómo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

Debemos tener claro que el primer paso es intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial con la empresa, banco o entidad financiera.  Se supone que recurrir a una medida tan drástica como esta debe ser la última opción.

En caso de fallar esta negociación es cuando se activará la vía de la Ley de Segunda Oportunidad.

Segunda oportunidad

Acuerdo extrajudicial

El acuerdo extrajudicial previo que siempre hay que intentar alcanzar estará tutelado con un juez y se podrá contar con la ayuda de un mediador concursal. Para que el acuerdo llegue a buen puerto el emprendedor tendrá que compensar a los acreedores con todos los bienes que tenga y que no necesite para desarrollar su actividad. Por ejemplo: un taxi.

Además, deberá proponer un plan de viabilidad y un calendario de pagos para hacer frente a las deudas. Esto también aplica a particulares, por lo que es importante tener ingresos para negociar.

Este proceso de negociación no se podrá alargar más de dos meses.

Sin acuerdo

Si no hay acuerdo extrajudicial se entrará en la fase de concurso consecutivo durante la cual el juez podrá exonerar el 100% de la deuda en lugar del 75%.

Lo que no se incluye dentro de la ley son las deudas con Hacienda y la Seguridad Social. Tampoco se contabilizarán las nuevas deudas que se hayan contraído.

Segunda oportunidad para empresas

Cancelación total

En realidad, las deudas no desaparecen hasta pasados 5 años. Hasta entonces la remisión será provisional, aunque no tendrías que pagarlas. Sólo quiere decir que el Estado se reserva ese tiempo para revisar el caso por si los acreedores encuentran alguna circunstancia fraudulenta.

En concreto, el acreedor podrá pedir la revisión si entiende que has obrado de mala fe o que descubra que has hecho trampas. En este sentido, este proceso está más pensado para reestructurar la deuda que para no pagarla, de ahí que exista un periodopara revisarlo.

Por su parte, la mala fe puede ir desde haber realizado algún fraude en los 10 años anteriores, hasta no haber aceptado un trabajo adecuado para ti en los cuatro años anteriores a que empezase el concurso.

Asesoramiento                                                              

No nos vamos a engañar, el proceso es muy complejo. En este caso no cabe mejor consejo que el asesoramiento legal profesional.

Lo ideal, claro está, es no tener que llegar a este punto. Pero si todo falla, puedes tener una segunda oportunidad. Otro punto de partido.

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