Si has pensado alguna vez en pasar de ser autónomo a constituir una Sociedad Limitada

Si no tienes claro cuándo y por qué debes hacerlo

Si no conoces las ventajas o inconvenientes de la S.L. con respecto al colectivo autónomo…

Puede que hayas tenido más de una duda razonable sobre tu empresa… Por ejemplo, si es mejor seguir siendo autónomo o constituir una sociedad limitada. Hoy, en nuestro blog, trataremos de ayudarte a resolverla.

Cuando nos proponemos emprender por primera vez es una de las preguntas más habituales. La respuesta no es sencilla. En este aspecto lo relevante es el cómo, el cuándo y el por qué.

Lo obvio es que si estás dando tus primeros pasos, lo más apropiado es hacerse autónomo.  Su cualidad principal es que, en menos de 24 horas, podemos empezar a funcionar como tal. Es un motivo, pero existen varios condicionantes.

Pero vayamos a lo práctico:

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¿qué es una Sociedad Limitada?

Es el tipo de sociedad mercantil más popular de España y destaca, entre otras cosas, por ser utilizada por todos los pequeños empresarios para limitar la responsabilidad de sus acciones empresariales. Solo se responde ante las deudas con el capital aportado y el patrimonio personal queda fuera, algo que no ocurre si eres autónomo o en otro tipo de sociedades.

La Sociedad Limitada (S.L.) tiene sus peculiaridades. Las resumimos:

Constitución

Se deben firmar estatutos y una escritura pública ante notario y entregarlos en el Registro Mercantil con las aportaciones de cada socio y porcentajes de capital correspondientes.

Socios

Una Sociedad Limitada está formada por un número de socios (o un solo socio) que gestionan la empresa, entre los cuales pueden existir diferentes responsabilidades (solidaria o limitada al capital aportado) y clases (trabajadores o capitalistas).

Denominación Social 

Se debe registrar un nombre único en el Registro Mercantil con la abreviatura S.L. al final del mismo.

Capital social

Dinero o bienes invertidos en la empresa, que deben sumar un mínimo de 3.000 euros. Puede aportarse esa cantidad en dinero o a través de diferentes bienes como un ordenador, un local o cualquier otro bien valorado por los socios. Ese capital se divide a través de participaciones de los socios con diferentes porcentajes.

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Continuamos con nuestro post sobre esta duda razonable

Domicilio Social

Lugar en el que se encuentra la empresa en España.

Objeto Social

Actividad de la empresa o actividades, que suele ser lo más habitual. Se debe intentar añadir un número amplio de actividades para evitar tener que hacer gastos administrativos después para aumentar esta lista.

Administración y gestión

La S.L. puede ser administrada por un administrador único, por administradores solidarios (todos actúan por cuenta propia y afectando a todos), mancomunados (actuación conjunta) o por un consejo de administración (3 o más administradores).

Responsabilidad de la gestión

Recae al 100 por cien sobre los administradores. Los socios no tienen por qué ser responsables de gestionar la S.L., ya que puede que solo hayan aportado capital.

Junta General

Toma de decisiones de la empresa. Se convoca con la frecuencia que se estime oportuna y al menos una vez cada 6 meses. Sirve para aprobar las cuentas anuales, reparto del resultado, modificaciones de estatutos, ceses y nombramientos de administradores, etc.

La duda razonable

Una vez explicado qué es una Sociedad Limitada y cuáles son sus características… ¿qué motivos pueden llevar a un autónomo a constituir una Sociedad Limitada?

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La carga fiscal

Cuando se inicia una actividad como autónomo, el IRPF que se paga puede variar desde el 9 por ciento de los nuevos profesionales, el 15 por ciento actual. Sin embargo, a medida que aumenten los ingresos, se puede llegar a tributar hasta por un 52-56%.

En este sentido, Una Sociedad Limitada tributa por el Impuesto de Sociedades y tiene una situación mucho más favorable para ingresos altos. El gravamen general está en un 28% y para nuevas sociedades puede llegar a reducirse hasta un 15%.

Por norma general se podría decir que estas ventajas son palpables a partir de unos 40.000 € anuales de beneficios.

Patrimonio personal

Es un hecho: como autónomo, la protección que tiene tu patrimonio personal es la nada. Si no puedes pagar tus gastos, como la cuota de autónomo, la luz, suministros… los proveedores pueden saldar sus deudas con tus bienes personales. Hablamos de tu casa, tu coche tus cuentas….

En una S.L. siempre estarás más protegido. La responsabilidad de cada uno de los socios es limitada al capital aportado. Es decir, si para constituir la Sociedad Limitada aportaste 1.000 euros, ese será el dinero que arriesgues, ya que la sociedad solo responde con sus propios bienes.

Cuestión de imagen

Es tan injusto como real. Tenemos que admitir  que, por desgracia, la imagen de los autónomos en España de cara a proveedores y grandes empresas no es muy positiva. Los freelances siguen generando desconfianza…. Duele, pero es así.

Además, en ciertos sectores y si se busca trabajar con grandes empresas, hay que ser Sociedad Limitada. Tal cual. Las grandes empresas necesitan conocer la solvencia, garantía de suministro y otros datos que solo se pueden conseguir en una S.L. Por ejemplo: datos de rating de autónomos no existen.

En consecuencia, las Sociedades Limitadas tienen una capacidad mayor para negociar con las entidades bancarias y con grandes empresas y suelen dar una imagen de mayor confianza a proveedores y clientes.

El momento

El cuándo es el quid. Todos y ninguno. Depende de cada situación y de los  puntos anteriores. De manera general podría decirse que cuando se cumpla alguna de estas condiciones:

  • Tus ingresos anuales superan los 40.000 euros.
  • Quieres proteger tu patrimonio personal ante proveedores.
  • Pretendes trabajar con grandes empresaso quieres conseguir facilidades de financiación
  • Trabajas habitualmente con otras personas y quieres formar una sociedad.

Son los casos más habituales. Hay otros y, en general, suelen ir acompañados del crecimiento del negocio: a mayor volumen de ingresos y empleados lo normal es pasar de autónomo a Sociedad Limitada.

En la práctica y para ser concreto: si tu facturación es inferior a 40.000 euros, te compensará trabajar como autónomo. Superada esta cifra, quizá sea más interesante la SL, pero esta afirmación ha de matizarse y estudiar cada caso concreto.

Sin duda, siempre un gestor profesional te resultará esencial a la hora de tomar la decisión. Ante esta duda razonable, respuestas. Es importante. Trascendental.

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