Garantizar ante Entidades Financieras, las cantidades dispuestas del crédito hasta el límite autorizado, por lo cual dicha Entidad se obliga, dentro del límite pactado, a poner a disposición del cliente los importes solicitados.


  • Cuantía máxima: 480.000 €.

  • Plázo máximo: 5 años.

  • Gastos de estudio y formalización: Variable en función del importe.

  • Comisión de aval: Preferencial, adaptada a las características de su petición.



  • 1. Ser pequeña o mediana empresa (Recomendación 2003/361/CE), cuyo número de trabajadores no exceda de 250, con independencia de que sean personas físicas o jurídicas.
    2. Encontrarse al corriente de pagos, en la fecha de formalización de la operación, frente a la Seguridad Social, Hacienda Pública e Impuesto de Actividades Económicas, en este último caso siempre que no se encuentren exentas del mencionado impuesto.
    3. Estar dado de alta como socio partícipe de Iberaval: suscribir una participación social y desembolsar un 25% de su valor nominal (desembolso de 30 euros).



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