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Garantizar ante Entidades Financieras, las cantidades dispuestas del crédito hasta el límite autorizado, por lo cual dicha Entidad se obliga, dentro del límite pactado, a poner a disposición del cliente los importes solicitados.
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Cuantía máxima: 480.000 €.
Plázo máximo: 5 años.
Gastos de estudio y formalización: Variable en función del importe.
Comisión de aval: Preferencial, adaptada a las características de su petición.
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| 1. |
Ser pequeña o mediana empresa (Recomendación 2003/361/CE), cuyo número de trabajadores no exceda de 250, con independencia de que sean personas físicas o jurídicas. |
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| 2. |
Encontrarse al corriente de pagos, en la fecha de formalización de la operación, frente a la Seguridad Social, Hacienda Pública e Impuesto de Actividades Económicas, en este último caso siempre que no se encuentren exentas del mencionado impuesto. |
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| 3. |
Estar dado de alta como socio partícipe de Iberaval: suscribir una participación social y desembolsar un 25% de su valor nominal (desembolso de 30 euros). |
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